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martes, 2 de junio de 2026

Retenciones entre entidades públicas

Saludos cordiales;

Me pregunto sobre la legalidad de que a una empresa pública que brinda servicios, no bienes, otra entidad del Estado le haga retenciones por concepto de ISR y el 100% ITBIS.

Gracias anticipadas.

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que las entidades estatales no se encuentran sujetas al pago de Impuesto Sobre la Renta, por lo que dicha retención no les corresponde; no obstante, no se encuentran excluidas del pago ni de la retención del ITBIS, de modo que esta retención sí deberá efectuarse.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

6 Mensajes

@comunidad_de_direccin_general_de_impuestos_internos​ Aún esta entidad sea una empresa pública se encuentra exenta? Me gustaría tener la fuente de la información, el artículo de la Ley o Resolución que aclare esto.

Buenos días. Gracias por contactarnos.

 

 Así es, siendo una entidad estatal la que presta el servicio, se encuentra exenta del Impuesto Sobre la Renta y, por lo tanto, de la retención del mismo, aún tratándose de una entidad pública.

 

La base legal de esta información es la ley 11-92 artículo 299, literal a).

 

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