viernes, 19 de enero de 2024 17:27

Cerrado

Retenciones del ITBIS y el ISR por el Empleador

Buenas tardes, estoy buscando información acerca de

las Retenciones del ITBIS y el ISR por el Empleador.

Cuando ingreso con mi RNC a la Oficina Virtual de la DGII 

¿Dónde puedo encontrar (en el Menú de la OFV de la DGII) 

un reporte cronológico de las Retenciones del ITBIS y

el ISR reportadas por mi Empleador?

El Menú de la Oficina Virtual tiene muchas opciones y por eso

incluí una captura de pantalla de este larguísimo menú para

encontrar mucho más rápidamente la sección donde está

almacenada esta información: 

¡Gracias por adelantado!

Alejandro

Solución oficial

Buenas tardes, Alejandro. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que si es asalariado su empleador solo le debe retener impuesto sobre la renta ISR conforme a la tabla de retención del periodo 2024, el salario exento (luego de la deducción) corresponde al monto inferior a los RD$34,700.00.

 

Cuando un asalariado recibe del mismo agente de retención (empleador) cualquier otro pago sujeto a retención, este se sumará al salario y formará parte de la base para el cálculo del impuesto a retener, es decir la retención del ISR se hará en base al ingreso total percibido por el empleado en el mes correspondiente.

 

Los asalariados en relación de dependencia no están sujetos a la retención de ITBIS.

 

En caso de ser empleado que también presta servicios, su empleador si deberá retenerle ISR e ITBIS.

 

Para consultar las retenciones del ISR que le realiza su empleador a través de la oficina virtual, seleccione el panel de gastos educativos y seleccione la pestaña “ Consulta Remuneraciones”.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.



Después de seguir las instrucciones, encontré que no hay retenciones del ISR en la Consulta de las Remuneraciones del Panel Educativo:

Voy a preguntar a mi empleador durante la próxima semana. 

Buenas tardes, Alejandro. Gracias por contactarnos.

 

De acuerdo. Le informamos que puede solicitarle a su empleador una certificación de las retenciones que le ha realizado en diferentes periodos.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.