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miércoles, 13 de agosto de 2025

Cerrado

RETENCIONES DE PERSONAS JURIDICAS A PERSONA FISICA

Saludos, 

Si soy una persona jurídica, y me factura un servicio de honorarios profesionales una persona física le hago la retención en el momento del pago, ejemplo si la factura es de junio la reporto dentro de su mes y si le hago el pago en agosto debo reportarla nuevamente y indicando fecha de pago con su retención correspondiente de 10% de ISR para el IR-17 y el 100% de ITBIS retenido para el IT-1.

Mi duda surge en cuanto a como reporto ese servicio en el 606 en junio debido a que como es persona física el código 02- SUMINISTRO Y SERVICIOS no me pasa ya que no tiene retención aplicada y tiene una cedula la persona física, esta correcto que la reporte con el código 09- COMPRAS Y GASTOS QUE FORMA PARTE DEL COSTO  para que pueda pasar en  el envió de junio o como lo haría? favor darme una respuesta.

Se que en agosto la reportare con el Código 02- suministro y servicio con sus respectivas retenciones de ISR Y ITBIS, mi duda esta en junio como sera reportada en el 606.

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‎CA3506 ¿Cómo debo reportar las facturas a crédito en los formatos 606 y 607? | Comunidad de Ayuda de la Dirección General de Impuestos Internos


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