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RETENCIONES DE ITBIS ALQUILERES
Buenas tardes!
En el articulo 4 de la norma 02-05 habla de retenciones del 30% del ITBIS a alquires de bienes muebles.
1 Cuales son ejemplos de esos bienes muebles?
2-Cuales son los tipos de maquinarias que se exceptuan de las retenciones?
Favor de ayudarme a aclarar esta parte.
Gracias anticipadas!



Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes, Leidy. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que se define como bienes muebles todo activo caracterizado por su facilidad de traslación y movilidad, entre otras particularidades.
En ese sentido, los únicos bienes muebles no sujetos a la retención del 30% del ITBIS al momento de su alquiler son los equipos telefónicos, esto de conformidad a lo establecido en el Art. 4 de la citada Norma General.
¡Su experiencia en el servicio es importante para nosotros!
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