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martes, 13 de octubre de 2026

Retenciones de ISR y ITBIS

Buenas, 

Una persona fisica registrada en DGII le brindo servicio de honorario a una persona juridica, se supone que la persona fisica al estar registrada en DGII debe de emitir un NCF y la persona juridica proceder aplicar la retencion de 15% de ISR y del 100% del ITBIS.

Sin embargo, la persona fisica no quiere emitir NCF ni asumir retencion, como puedo proceder yo como persona juridica, ya que tengo la obligacion de retener y no puedo emitir un B11 tampoco porque no es informal. Debo de llevarlo como gasto no deducible al final del a;o y no hacer la retencion o como procedo?

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Solución oficial

Buenas tardes, Joel. ¡Gracias por contactarnos!

 

Para obtener una respuesta vinculante, le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)   

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx. 

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.

Buenos días, Joel. ¡Gracias por contactarnos!

 

Le informamos que, estamos verificando su consulta con el área correspondiente; una vez tengamos respuesta, le estaremos notificando por esta vía.

 

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hace 15 días

Buenas,

Quedo atento a su repuesta. 

Muchas gracias. 

Saludos, 

Buenas noches, Joel. ¡Gracias por contactarnos!

 

Para obtener una respuesta vinculante, le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.

 

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Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)   

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

 

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Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

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