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Retenciones de alquileres
Buenas tardes,
Por favor necesito un poco de luz sobre este tema, por favor no me pongan el escrito automático que ponen a todos que no lo entiendo.
Soy una persona Jurídica y me alquilaron un local comercial en RD$20,000.00, al momento de pagarle a esa persona física debo retenerle el 10% de ISR 2,000.00 Y depositarle RD$18,000.00? y pagar yo el 100% del ITBIS 3,600.00 ?
Por favor respondame si o no, en su defecto expliqueme, se lo agradecere.
Otra cosa que tipo de comprobante debo usar para registrar mi gasto en el 606, ya que ellos no emiten comprobantes solo una facturita?
Muchas gracias por anticipado, me siento muy complacida por sus servicios
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.1K Mensajes
hace 3 meses
Buenas tardes, Jocelyn. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, en la prestación del servicio de alquiler de bienes inmuebles por parte de una Persona Física a una Persona Jurídica o Negocio de Único Dueño, esta última debe efectuar la retención del 100% del ITBIS facturado, en adición al 10% por concepto de ISR.
Según el ejercicio indicado, además del ISR que le están reteniendo, corresponde retener el 18% de la factura y pagarle a la persona física la diferencia.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
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jocelynmatos
73 Mensajes
hace 3 meses
Ok, excelente!!!! y para presentar este gasto en el 606 que comprobante debo usar?
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