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viernes, 25 de octubre de 2024 14:31

Cerrado

Retenciones como persona física

Buenos días, soy programador y trabajo remotamente para una empresa en USA y quiero saber sobre las retenciones que tengo que pagar como persona física.

Solución oficial

Buenos días, Marlon. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, las obligaciones fiscales por realizar la actividad económica de programación son las siguientes:

 

ITB ITBIS A más tardar los días 20 de cada mes posterior al período declarado.

IR1 IMPUESTO A LA RENTA PER. FIS. El 31 de marzo de cada año.

607 FORMATO VENTAS – 607 A más tardar los días 15 de cada mes posterior al período declarado.

606 FORMATO COMPRAS – 606 A más tardar los días 15 de cada mes posterior al período declarado.

 

En ese mismo orden, los ingresos que perciba por operaciones de programación deberán ser declarados en la declaración IR-1 para tributar el impuesto correspondiente. Asimismo, le recomendamos asesorarse con un profesional del área para recibir asistencia adecuada en el llenado y cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Es un placer servirle.

Algo que olvidé agregar es que no soy dominicano por lo que no tengo cédula para tramitar mis impuestos. ¿Qué debo hacer en ese caso?

También tengo que agregar que no estoy fijo sino que soy un contratista. Tal vez utilicé la terminología incorrecta porque como tal no soy una empresa sino un individuo

Buenas tardes, Marlon. Gracias por contactarnos.

 

Para obtener una respuesta vinculante por parte de esta Dirección General, le recomendamos a que realice una consulta técnica, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la Sede Central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:

 

Formulario de Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004) llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).

 

Nota: El consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Es un placer servirle.