martes, 9 de septiembre de 2025

Cerrado

Retenciones aplicables para B11

Hola, 

Tengo una duda sobre las retenciones aplicables para un B11 en el siguiente escenario:

He contratado servicios de técnico profesionales como; electricistas, pintores, etc, que no son contribuyentes registrados, por lo tanto debo emitir un B11, en la factura solo esta la mano de obra, no incluye materiales.

Cuales son las retenciones que aplican para este caso?

Gracias anticipadas.

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Solución oficial

Buenas tardes, Estephani. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, como es un servicio técnico debe retenerle el 2% de ISR y el 100% del ITBIS.


Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.


Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

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