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jueves, 27 de junio de 2024 17:32

Cerrado

Retenciones a consultores dominicanos que radican en el exterior

Que tratamiento tributario se le aplica a un consultor dominicano que vive fuera del país, es decir, Retención impositiva, qué tipo de factura deben emitir, si deben transparentar ITBIS, etc.? 

Nota: uno radica en Estados Unidos y otro en Kanada

Solución oficial

Buenas tardes, Victor. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, se debe aplicar retención del Impuesto Sobre  la Renta siempre que los pagos girados al exterior sean de renta de fuente dominicana, tales como:

  • Servicios educativos, en un 27%.

  • Adquisición de boletos aéreos, en un 27%.

  • Servicios de publicidad, en un 27%.

  • Arrendamiento del derecho de uso de marca (royalty), en un 27%.

  • Servicios de arrendamiento, asistencia técnica, entrenamientos, capacitaciones, mantenimiento para el uso, operación y funcionamiento de programas informáticos y software, en un 27%.

  • Servicios de transporte o fletes, en un 27%, aplicado a la base del 10% el valor de la factura o conocimiento de embarque y siempre que el suplidor no cuente con un establecimiento permanente en República Dominicana.

  • Comisiones bancarias y de transferencias a entidades en el exterior, en un 27%.

  • Pago por la suscripción anual de membresías, en un 27%.

  • Reservaciones de hoteles, en un 27%.

  • Dividendos, en un 10%.

  • Intereses, en un 10%.

Los comprobantes para pagos al exterior deben ser reportados en el formato de Compras de Bienes y Servicios (606) y en el Formato de Pagos al Exterior (609).

 

Consideraciones Importantes:

  • Al registrar un NCF para pagos al exterior en el formato 606, el campo RNC o Cédula debe ser completado con el RNC del contribuyente que emite el comprobante y no se debe incluir la retención del Impuesto Sobre la Renta.
  • La retención que conlleva este tipo de pagos debe ser reportada en la Declaración Jurada y/o Pago de Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17).

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.