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jueves, 13 de julio de 2023 21:06

Cerrado

RETENCION

Buenas somos una compañía constituida bajo la actividad económica Gestión de Cobros, las cuales nos encargamos de hacer cobros a compañía con cartera incobrables.  Las compañía en este caso una entidad bancaria (Coopertiva) a la hora que le hacemos la factura incluyendo el 18% de ITBIS; nos dicen que ellos no tiene que hacer una retención de un 30% del ITBIS..... Nosotros le proporcionamos una factura de crédito fiscal NCF B01

Les corresponde a ellos hacernos esa retención?

Solución oficial

Buenas tardes, Karla. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, el citado servicio no se encuentra sujeto a la retención del 30% correspondiente al Impuesto sobre las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), ya que no forma parte de los servicios prestados por profesionales liberales de conformidad con el Artículo 2 de la Norma General 02-05.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.