martes, 9 de junio de 2026

RETENCION Y TIPO DE COMPROBANTE

Empresa jurídica le comprará unas picaderas a una persona física que NO esta registrada como contribuyente en la DGII, que retenciones se deben aplicar y que comprobante se debería emitir ?

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Solución oficial

Buenas tardes, Deysy. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que, si la persona física le prestará un servicio de preparación de comidas, deberá efectuarle retención del 100% del ITBIS facturado; y una retención del 2% del servicio facturado, correspondiente a Impuesto Sobre la Renta.

 

El comprobante que deberá emitir para estos fines es el comprobante de compras (B11 o E41), si esta persona no suele prestar servicios independientes.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

No se realiza por encargo, por tanto no es servicio sino compra de bienes. 

hace 56 minutos

No se realiza por encargo, por tanto no es servicio sino compra de bienes.