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jueves, 8 de febrero de 2024 13:07

Cerrado

Retencion sobre compra de bienes proveedor informal

Buenos dias Estimados,

¿Se le realiza algun tipo de retención a un proveedor informal que me realizo la venta de un bien?

Quedo a la espera de su respuesta.

Solución oficial

Buenos días, Edianna. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, en la compra de bienes no se debe efectuar retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR), la retención del ISR solo aplica en la prestación de servicios.

 

En la venta de bienes gravados por parte de una Persona Física registrada como contribuyente a una persona jurídica o negocio de único dueño, no aplica retención de este impuesto. No obstante, cuando se trate de proveedores informales, se debe aplicar la retención del 100% del ITBIS generado, conforme lo establece la Norma 05-2019 en el Art. 7, párrafo II.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.