martes, 25 de octubre de 2022

Cerrado

RETENCION RST BASE EXENTA

Hola,  tengo un proveedor  que le compramos faldos de agua, el mismo esta acogido al RST,  la factura esta exenta, por tanto no tengo itbis que retener, llevaria alguna otra retencion, dado que no es un servicio que me ha brindado?

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Solución oficial

Buenas tardes, Celeste. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su inquietud, le informamos que, las retenciones del ITBIS son aplicables toda vez que el bien vendido o servicio prestado se encuentre sujeto a la aplicación de este impuesto, por lo que, en su caso particular no conllevaría aplicar ningún tipo de retención.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

(Editado)