PC

lunes, 7 de octubre de 2024 12:35

Cerrado

RETENCION PROV

Si un proveedor Persona Fisica que vende material gastable de oficina, me cobra también transporte para enviarme el material, debo retener a ese transporte el 10%?

Solución oficial

Buenos días, Priscilla. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, debe validar si esa Persona Física posee la actividad económica de transporte, de lo contrario, deberá retener el 2% de ISR por ser un servicio técnico y el 100% del ITBIS en base al monto del transporte.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

hace 3 meses

el transporte no esta grabado con ITBIS.

Es una persona física que me emitió una factura de valor fiscal, la persona física solo se dedica a la venta de suministros de oficina, ejemplo: grapa, papel, lapiceros etc. por traerme ese pedido me cobran un transporte de 50 pesos, o sea por el envío del pedido. a ese envio debo retener ISR?

Buenos días, Priscilla. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, el transporte está exento siempre y cuando la Persona Física y/o Jurídica posean la actividad económica, de lo contrario sería considerado como una prestación accesoria y la misma, se encuentra gravada.

 

El ISR y la retención de ITBIS serian en base al monto del transporte.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.