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RETENCION POR SERVICIOS
Buenos Dias.
Soy una persona juridica, tengo 2 proveedores personas juridicas tambien, uno me ofrece servicios de jardineria y el otro servicios de limpieza.
En estos casos, lleva retencion del 30% del ITBIS o por la naturaleza del servicio no lleva retencion de ITBIS?
saludos.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 5 meses
Buenas tardes, Rut. Gracias por contactarnos.
En ambos servicios no aplica realizar la retención del 30% del ITBIS facturado, ya que esta retención solo corresponde cuando se trata de la prestación de un servicio profesional entre entidades jurídicas. Cabe destacar que los servicios de jardinería y limpieza no se consideran servicios profesionales.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
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