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RETENCION POR SERVICIO INSTALACION MALLA
Hola, he contratado los servicios de una P.F registrado en DGII, para la colocación de una malla protectora en mi establecimiento, solo le pagamos y ellos se encargaron de todo.
Pregunto:
Debo considerarlo como servicio o como compra de bien, para los fines de las retenciones que apliquen?
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
6.4K Mensajes
hace 2 meses
Buenos días, Juan. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, debe validar si la factura que le entregaron se encuentra segregado el material utilizado y la mano de obra, de ser así, solo le debe retener el 2% de ISR y el 18% de ITBIS a dicho monto.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Luego de haber transcurrido 24 horas sin recibir la información, cerraremos la pregunta, en caso de aún requerir la asistencia por favor crear una nueva.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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