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RETENCION POR NOMINA A TRABAJADORES INFORMALES
Buenas tardes,
Tengo una duda con relación a una empresa que le paga mediante cheque a una persona física no registrada, esa persona tiene bajo su cargo trabajadores que el le paga por limpieza en las calles y recogidas de basuras, se le debe hacer retención ? en caso de que la respuesta sea afirmativa, cuales retenciones aplica ?
Gracias.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 2 meses
Buenos días, Laura. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, si el trabajador no está laborando para la empresa en relación de dependencia, sino como un proveedor informal, la retención de Impuesto Sobre la Renta que corresponde por estos servicios es del 2% del monto facturado.
En cuanto al ITBIS, la recogida de basura se encuentra exenta, por lo que no habría retención por este concepto si la recogida de basura se trata del servicio principal prestado. No obstante, si el servicio de limpieza al que se refiere es el principal y la recogida de basura solo está incluida como parte del servicio de limpieza, corresponderá que también se realice la retención del total de ITBIS que se facture.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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