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viernes, 17 de mayo de 2019

Cerrado

Retencion por mantenimiento de areas comunes,apartamentos

Buenas tardes.

es correcto retenerle el 30% del ITBIS  a las entidades juridicas que presten servicios de mantenimiento de areas comunes y mantenimiento mensual de condominio de apartamentos.



cabe resaltar que la entidades que realiza mantenimiento de area comun realiza la factura con ITBIS.

y la cobra el mantenimiento mensual de apartamentos no cobra itbis 


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Solución oficial

hace 7 años

Buenas tardes Jayson, el servicio de mantenimiento de área común y de condominio es considerado un servicio técnico y la Norma General 02-05 establece que entre jurídicas la retención del ITBIS aplica cuando se trate de la prestación de servicio profesional, por lo que, en este caso, no aplica retención de ITBIS.


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