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RETENCION POR HONORARIOS
Si persona que no es contribuyente, me realiza un trabajo de contabilidad o mejor dicho ordenarme y conciliarme las cuentas, no tiene RNC, porque no está registrado, cuando yo le haga el pago solo le retengo el 15% de honorarios profesionales y lo presente con comprobantes de compra con dicha retención.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
29.1K Mensajes
hace 20 días
Buenas tardes, Maribel. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, en este caso, además de efectuar la retención del 15% correspondiente al Impuesto Sobre la Renta, deberá calcular el ITBIS correspondiente por el servicio y transparentarlo en el comprobante de compras. Este ITBIS no deberá pagarlo al proveedor, sino retenerlo y pagarlo a Impuestos Internos a través de su declaración de ITBIS, según lo establecido en la norma 05-19, artículo 7, párrafo II.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
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