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Retencion pesona fisica
Saludos,
Cuales retenciones deben realizarse a una persona fisica que brinda servicio juridicos a una empresa?
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Saludos,
Cuales retenciones deben realizarse a una persona fisica que brinda servicio juridicos a una empresa?
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
3.3K Mensajes
hace 9 meses
Buenas tardes, Rubi. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, las Personas Jurídicas y los Negocios de Único Dueño deben retener el ITBIS de la siguiente manera:
Con relación a la retención de ISR por parte de una Persona Jurídica a una Persona Fisica es de:
- 2% servicios técnicos
- 10% servicios profesionales
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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