2 Mensajes
Retencion persona judirica por recarga de extintores
Saludos,
La recarga anual de extintores entre personas jurídicas aplica para la retención del 30%?
2 Mensajes
Saludos,
La recarga anual de extintores entre personas jurídicas aplica para la retención del 30%?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.5K Mensajes
hace 2 meses
Buenos días, Yudelkys. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, informamos que, el servicio de recarga de extintores no está sujeto a la retención del 30% del ITBIS facturado. Según la Norma 02-05, esta retención solo aplica entre entidades jurídicas cuando se trata de servicios profesionales.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
Es un placer servirle.
0
0