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RETENCION PERSONA EXTRANJERAS
Saludos... tengo el servicio de una persona extranjera, el cual recientemente adquirió una cuenta bancaria en el país, él mismo no tiene cédula dominicana, sino pasaporte, como sus ingresos se quedan en territorio dominicano qué retención debo aplicarle y cómo puedo presentarla en el 606.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 1 año
Buenas tardes, Estefany. ¡Gracias por contactarnos!
En la prestación de un servicio brindado localmente por parte de un extranjero que no posee cédula, se debe emitir un comprobante de pagos al exterior y realizar la retención del ISR en un 27%.
Base Legal: Norma General 05-2019, Art. 9
Los comprobantes para pagos al exterior deben ser reportados en el formato de Compras de Bienes y Servicios (606) y en el Formato de Pagos al Exterior (609).
Consideraciones Importantes:
¡Su experiencia en el servicio es importante para nosotros!
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
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