lunes, 10 de febrero de 2020

Cerrado

RETENCION PERSONA EXTRANJERA

ME REALIZARON UN SERVICIO DE REPARACIÓN DE CINTA DE GUÍA, UNA PERSONA NATURAL EL MISMO ES EXTRANJERO, COMO DEBO HACERLE LA FACTURA DE PROVEEDOR INFORMAL Y COMO DEBO DE REPORTARLO A LA RENTA CORRECTAMENTE.
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Solución oficial

4.8K Mensajes

hace 5 años

Buenas tardes, Joselina. Debes realizarle las siguientes retenciones:

• Si posee cedula: 10% de ISR y 18% del ITBIS facturado. Artículo 10, Ley 253-12 y Artículo 25 del Reglamento 293-11 respectivamente.
• Si no posee cedula: 27% por concepto de ISR para pagos al exterior. Artículo 305 de la Ley 11-92 (Código Tributario).

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

243 Mensajes

hace 5 años

Le realizas el pago como si fuera un pago al exterior y le retienes el 27% de ISR, el cual va a liquidar en el IR-17 en la casilla 10 (Remesas al exterior) Ley 253-12, no tienes la necesidad de emitir NCF de proveedor informal, el pago del 27% valida el gasto. 


Si no tiene cedula dominicana no puede hacer proveedor informal el aplica al aretencion del 27% ISR.