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retencion perfona fisica con nueva ley
Para realizar el pago por servicios de plomeria de una juridica a una persona fisica no registrada en DGII, la retención del ISR sigue siendo del 2%?
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Para realizar el pago por servicios de plomeria de una juridica a una persona fisica no registrada en DGII, la retención del ISR sigue siendo del 2%?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 3 meses
Buenos días, Juan. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que retención de Impuesto Sobre la Renta que deben efectuar las personas jurídicas a las personas físicas, en los pagos por la prestación de servicios técnicos, es del 3% del monto facturado, como resultado de aplicar el 15% establecido por la Ley 30-26 sobre la base del 20% del monto facturado, según lo establece el Reglamento 139-98, en su artículo 70.
Importante: Esta retención aplica independientemente de que la persona física se encuentre registrada en el RNC o no.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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