viernes, 9 de mayo de 2025 14:13

Cerrado

RETENCION PAGOS AL EXTERIOR SEGURO INTERNACIONAL

Buenos días.

La retención del 27% a los pagos  realizados al exterior  al que se refiere el articulo 305 del código tributario, solo   aplica  para los pagos por servicios o también aplica para los pagos de seguros internacionales?

Solución oficial

Buenas tardes, Kirsys. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, para poder deducir el pago realizado al exterior correspondiente a seguros, se debe efectuar la retención del 27% del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Es un placer servirle.