JC

lunes, 18 de septiembre de 2023 13:30

Cerrado

Retencion maestria de ceremonia

Saludos,

Que retención debe hacer una jurídica a una persona física registrada en DGII, cuando la física presta servicios de maestría de ceremonias para un evento?

Solución oficial

Buenos días, Juan. Gracias por contactarnos.

 

Las Personas Jurídicas y los Negocios de Único Dueño deben retener a las Personas Físicas por la prestación de servicios el siguiente porcentaje, según sea el caso:

 

·         10% para los servicios profesionales (Ej.: Alquiler de cualquier tipo de bienes muebles o inmuebles, honorarios, comisiones y demás remuneraciones y pagos por la prestación de servicios en general provistos por Personas Físicas no ejecutados en relación de dependencia).

·         100% del ITBIS generado, en la prestación de servicios gravados por este impuesto.

 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.