viernes, 17 de junio de 2022 15:11

Cerrado

Retencion itbis

Hola,

Favor confirmar si los siguientes casos llevan retencion de ITBIS

  1. Facturas de despacho de almacén
  2. Facturas de Honorarios de importación

Solución oficial

Buenos días, Adileydi. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que se encuentran exentos del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), los siguientes servicios:

 

1.Servicios financieros, incluyendo seguros.

2.Servicios de planes de pensiones y jubilaciones.

3.Servicios de transporte terrestre de personas y de carga.

4.Servicios de electricidad, agua y recogida de basura.

5.Servicios de alquiler de viviendas.

6.Servicios de salud.

7.Servicios educativos y culturales.

8.Servicios funerarios.

9.Servicios de salones de belleza y peluquerías.

 Consideraciones Importantes:

  • Los gimnasios están considerados como servicios preventivos de salud y por tanto exentos de la aplicación y pago del ITBIS.
  • Los servicios odontológicos también son considerados como servicios de salud y por tanto están exentos de la aplicación y pago del ITBIS.
  • Se consideran servicios funerarios los pagos por servicios de traslado, preparación, velatorio, enterramiento y exhumación del fallecido, así como las ceremonias religiosas, incluyendo el suministro de ataúdes.
  • No se considera vivienda y por tanto queda gravado el alquiler de fincas, terrenos, industrias, barcos, aviones, villas, apartamentos turísticos, locales o estructuras físicas para el uso distinto de viviendas, tales como locales comerciales o naves industriales, incluyendo lugares donde operan comercios, negocios, oficinas, consultorios, hospitales, colegios, centros educativos o de recreación, hoteles, aparta-hoteles, moteles y otras estructuras que no sean viviendas.
  • Los espectáculos artísticos, ya sean clásicos o populares y las presentaciones de artistas, músicos, obras teatrales, ballets y títeres se encuentran exentos del ITBIS en virtud del Decreto 274-01, artículo 2.
  • Los servicios exportados se encuentran exentos del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), siempre y cuando sean prestados desde el territorio dominicano para ser utilizados y consumidos exclusivamente en el exterior por personas físicas o jurídica no domiciliada ni residente en la Republica Dominicana. El pago del servicio debe ser con renta de fuente extranjera y no puede afectar renta ni gastos en República Dominicana, en virtud del Decreto 293-11, Art. 14, literal (j).
  • Los servicios de salud comprenden aquellos destinados directamente a la prevención, diagnóstico, tratamiento y cura de las enfermedades físicas o mentales de las personas, incluyendo los servicios hospitalarios, enfermería, laboratorios médicos, imágenes y radiografías, servicios de ambulancia, rehabilitación física y mental, incluyendo servicios psicológicos y tratamientos contra la adicción, nutricionistas, dietistas y quiroprácticos.
  • Los servicios de asesoría metodológica y de contenido de tesis, monografías y proyectos de investigación académicos vinculados exclusivamente al servicio de educación y que cuenten con la debida autorización de la universidad donde se presten los mismos, se encuentran exentos del ITBIS conforme el numeral 7 del Art. 344 de la Ley 11-92 y el Art. 14 del Decreto 293-11.

También le exhortamos a consultar la base legal que establece el listado de los bienes que se encuentran exentos del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) es la Ley 11-92, Art. 343.

 

Base Legal: Ley 11-92, Art. 344, modificado por la Ley 253-12, Art.25 y Reglamento 293-11 artículo 14.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61219bchwX)

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61211bchwZ

Es un placer servirle.