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Retencion itbis
Hola,
Favor confirmar si los siguientes casos llevan retencion de ITBIS
- Facturas de despacho de almacén
- Facturas de Honorarios de importación
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Hola,
Favor confirmar si los siguientes casos llevan retencion de ITBIS
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22K Mensajes
hace 3 años
Buenos días, Adileydi. Gracias por contactarnos.
Le informamos que se encuentran exentos del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), los siguientes servicios:
1.Servicios financieros, incluyendo seguros.
2.Servicios de planes de pensiones y jubilaciones.
3.Servicios de transporte terrestre de personas y de carga.
4.Servicios de electricidad, agua y recogida de basura.
5.Servicios de alquiler de viviendas.
6.Servicios de salud.
7.Servicios educativos y culturales.
8.Servicios funerarios.
9.Servicios de salones de belleza y peluquerías.
Consideraciones Importantes:
También le exhortamos a consultar la base legal que establece el listado de los bienes que se encuentran exentos del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) es la Ley 11-92, Art. 343.
Base Legal: Ley 11-92, Art. 344, modificado por la Ley 253-12, Art.25 y Reglamento 293-11 artículo 14.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61219bchwX)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61211bchwZ
Es un placer servirle.
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