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47 Mensajes

viernes, 3 de julio de 2026

Cerrado

RETENCION ISR MANO DE OBRA

BUENAS TARDES TENGO UNA DUDA  POR EL PAGO DE MANO DE OBRA RETENIAMOS 2% ISR , MI DUDA ESTA EN LA PUBLICACION DE LA LEY 30-26 ESTE MONTO AUMENTO A UN 3% ISR?

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Solución oficial

Buenas tardes, Yoleicy. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que la pregunta de esta comunidad que contiene la información acerca de las retenciones aplicables tanto por servicios técnicos como profesionales, prestados por personas físicas a personas jurídicas, ha sido actualizada para incluir las modificaciones establecidas por la Ley 30-26. Le invitamos a acceder a ella haciendo clic en el siguiente enlace: CA59 ¿Qué porcentaje del ISR deben retener las Personas Jurídicas a las Personas Físicas en la prestación de servicios?

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

 

Buenas tardes, Yoleicy. Gracias por contactarnos.

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y nos encontramos trabajando con el objetivo de dar respuesta. Tan pronto como sea posible estaremos respondiendo su consulta por esta vía.

 

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47 Mensajes

hace 8 días

Buen dia pero recuerden que tenemos que pagar mano de obra desde el viernes 01 julio 2026 y todavía ustedes están investigando, se entiende en el Artículo 17 de la Ley 30-26, que aplicar el aumento del 2% al 3% a la renta neta presunta.

pero mencionan adicional : Oficios técnicos y servicios no personales (plomería, ebanistería, electrónica, carpintería y similares).
y  Trabajos realizados por contratistas, maestros de obra, ingenieros y profesionales afines..

 Ahi esta la Confusión , que dificil debemos cumplir con el rol de ser agentes de retención pero el órgano encargado de recaudarlos no saben darnos respuestas 

Buenas tardes, Yoleicy. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que aún continuamos verificando su consulta con el área correspondiente; una vez tengamos respuesta, le estaremos notificando por esta vía. Disculpe los inconvenientes.

 

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2 Mensajes

Saludos. 

Tambien quedo atenta a la respuesta a esta consulta.

17 Mensajes

hace 8 días

Me sumo a esta consulta.

17 Mensajes

hace 8 días

Me sumo a esta consulta.

hace 8 días

Estoy justamente con la misma duda

hace 7 días

Buen dia Sres. DGII

Me sumo a esta consulta, la ley 30-26 sera aplicable a partir del 1ero de julio?

Buenas tardes, Yorquidea. Gracias por contactarnos.

 

Para recibir una respuesta a su consulta debe publicar una nueva pregunta. Para estos fines, le invitamos a realizar los siguientes pasos:

 

  1. Acceda a la Comunidad de Ayuda.
  2. Seleccione la opción “Nueva conversación”.
  3. Digite el título presione “Siguiente”.
  4. Podrá verificar las consultas similares, en caso de que desee continuar con la creación de la nueva debe pulsar la opción “Mensaje con este título”.
  5. Seleccione el tipo de conversación, según corresponda.
  6. Digite la descripción del mensaje.
  7. Escoja un sentimiento y las categorías relacionadas.
  8. Finalmente seleccione la opción “Publicar”.

 

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28 Mensajes

hace 6 días

Hola a todos,

Ayer estaba tomando un taller sobre la ley 07-07 facilitado por la DGII, en el cual se hizo esa pregunta.

El facilitador nos confirmó que la nueva ley 30-26 no modifica la ley 07-07. O sea, se le sigue reteniendo el 2% a los maestros constructores.

Espero sea de ayuda y la Comunidad pueda corroborar esto.

Buen dia, a mi me queda una duda con respecto a las retenciones por servicios tecnicos, como plomeros, transporte y eso, sigue siendo un 2%?

Buenos días, Lucy. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que la retención de Impuesto Sobre la Renta por servicios técnicos prestados por personas físicas actualmente no es del 2% del servicio facturado. Para conocer los nuevos porcentajes de retenciones que deben calcular las personas jurídicas por pagos a personas físicas por prestación de servicios, le invitamos a revisar la respuesta oficial que ofrecimos anteriormente en esta publicación.

 

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Buenas tardes, Felix. Gracias por contactarnos.

 

 Esta información está siendo validada con las áreas correspondientes. No obstante, debido a que esta consulta no ha hecho referencia directa a la aplicación de la norma 07-07, hemos ofrecido la respuesta con base en el tratamiento correspondiente para las retenciones por servicios prestados por personas físicas de manera general.

 

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17 Mensajes

@Felix Avila​ No fue textualmente lo que dijo, dijo que aun la DGII no se ha pronunciado, con todo y que la respuesta mas arriba de ellos fue haciendo referencia a que es un 3%