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lunes, 15 de diciembre de 2025

Retencion ISR honorarios

Una persona física emitió una factura de sus honorarios y otros gastos adiciones (impresión, combustible, ect). La retención del 10% es solo de los honorarios? 

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Solución oficial

Buenas tardes, Dania. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, si se acordó que la empresa asumiría dichos gastos, la retención corresponderá únicamente al monto pagado por los honorarios. No obstante, si los gastos son asumidos por la persona física para la prestación de su servicio, corresponde que la retención se realice al total del servicio facturado, incluyendo los gastos correspondientes al servicio.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

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@comunidad_de_direccin_general_de_impuestos_internos​ La persona fisica los gastos de translado y demas los transparenta en la factura y los cobra adicional a los servicios prestados. 

Buenas tardes, Dania. Gracias por contactarnos.

 

Si estos gastos fueron incurridos por la persona física para la prestación del servicio, forman parte del costo del mismo junto con los honorarios, por lo que corresponde realizar la retención al total facturado, incluyendo estos gastos. De otro modo, se generarán inconsistencias con el cálculo de las retenciones al momento de reportar la factura, teniendo en cuenta el monto facturado.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

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por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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