miércoles, 8 de octubre de 2025

Cerrado

RETENCION ISR E ITBIS

Si una persona fisica registrada en dgii le emite una factura auna persona juridica por legalizacion de documentos, debo retenerle 10% del subtotal por concepto de impuesto sobre la renta y el 30% del itbis?

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Solución oficial

Buenas tardes, Mariel. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, en la prestación de servicios gravados por parte de una Persona Física registrada o no como contribuyente a una persona jurídica o negocio de único dueño, esta última debe retener el 100% del ITBIS generado y como es un servicio profesional debe retenerle el 10% de ISR.


Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.


Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

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