domingo, 31 de marzo de 2019 14:34

Cerrado

RETENCION ISR A SERVICO TECNICO QUE INCLUYE MATERIALES

En el caso de un proveedor informal que realiza un servicio de tapizado de muebles donde se incluye materiales (es decir en el precio total incluye un servicio técnico y los materiales correspondientes), una empresa formal cuanto debe retenerle de ISR, el 2% o el 10%.

Solución oficial

hace 6 años

Buen día Hector, si eres una empresa o Negocio de Único Dueño debes retener de ISR a las Personas Físicas por la prestación de servicios el siguiente porcentaje, según sea el caso:

1. 10% para los servicios profesionales (Ej.: Alquiler de cualquier tipo de bienes muebles o inmuebles, honorarios, comisiones y demás remuneraciones y pagos por la prestación de servicios en general provistos por Personas Físicas no ejecutados en relación de dependencia).

2. 2% cuando se trate de servicios técnicos (Ej.: albañilería, fumigación, limpieza, carpintería, pintura, ebanistería, plomería, transporte).

Si el servicio está gravado debes retenerle el 100% del ITBIS facturado.

Importantes:

• Estas retenciones también se deben aplicar en la prestación de servicios por parte de proveedores informales.
• Las Personas Físicas no se encuentran instituidas por el Código Tributario como agentes de retención, por lo que no deben aplicar retención al efectuar pagos por la prestación de servicios.


Puedes consultar la Ley 11-92. Art. 309 y el Reglamento del Título II del Código Tributario. Art. 70.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

hace 6 años

Según el decreto 139-98 artículo 70 la retención es del 2%.

2.6K Mensajes

hace 6 años

Son ebanista. Es una servicio técnico.

hace 6 años

La base legal que establece la retención del 2% del ISR a los servicios técnicos, es el Decreto 139-98, Reglamento para la Aplicación del Título II (ISR), en su Art. 70.