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retencion en reparacion de planta elctrica
me van a reparar la planta eléctrica una persona física me gustaria saber cual seria la retención en la misma factura el me agregara los piezas y materiales que utilizara soy persona jurídica
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me van a reparar la planta eléctrica una persona física me gustaria saber cual seria la retención en la misma factura el me agregara los piezas y materiales que utilizara soy persona jurídica
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 3 años
Buenos días, Mayelin. Gracias por contactarnos.
Respecto a su consulta, le indicamos que, lo ideal es que ambos servicios sean facturados de manera individual.
De igual modo es importante indicarle que, las Personas Jurídicas y los Negocios de Único Dueño deben retener el 100% del ITBIS facturado cuando las Personas Físicas le vendan bienes o presten servicios gravados con este impuesto y el 2% de ISR cuando se trate de servicios técnicos (Ej.: albañilería, fumigación, limpieza, carpintería, pintura, ebanistería, plomería, transporte).
Importante:
· Está retención también se debe aplicar en la venta de bienes o la prestación de servicios por parte de proveedores informales, según lo establece la Norma 05-2019 en el Art. 7, párrafo II.
· Las Personas Físicas no se encuentran instituidas por el Código Tributario como agentes de retención, por lo que no deben aplicar retención al efectuar pagos en la venta de bienes o servicios.
· El Estado y sus dependencias, como entidades jurídicas también debe realizar esta retención en la adquisición de bienes o servicios gravados con este impuesto.
Base legal: Reglamento 293-11, artículo 25; Resolución 41-14, artículo 4; Norma 05-19, Art. 7 párrafo II.
En cuanto al Impuesto sobre la Renta, de manera informativa, le indicamos que, en la venta de bienes no aplica ya que la retención del ISR solo aplica en la prestación de servicios.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61217bSOqS)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61210bSOqQ
Es un placer servirle.
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