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viernes, 27 de septiembre de 2019

Cerrado

RETENCION EMPRESA EXTRANJERA SIN RNC

Me gustaría saber si hay que hacer algún tipo de retención a una empresa extranera sin RNC ni residencia fiscal en Rep. Dominicana que presta un servicio de consultoria.
Muchas gracias por su tiempo
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Solución oficial

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hace 7 años

Buenos días, quienes paguen o acrediten en cuenta rentas gravadas de fuente dominicana a personas físicas, jurídicas o entidades no residentes o no domiciliadas en el país, deberán retener e ingresar a la Administración, con carácter de pago único y definitivo del ISR el 27% a los pagos realizados al exterior por concepto de prestación de servicios. Ley 11-92, Art. 305 (modificado por el Art. 5 de la Ley 253-12).

La retención se enviará a través del Formato de Pagos al Exterior (609) y será pagada a través de la Declaración Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17).

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

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Disculpen por las molestias,
Resulta que la empresa es española y nos comentan que por el Tratado de Doble Imposición firmado entre España y Rep. Dominicana parece que no hay obligación de retener nada pues esta empresa española hará la debida presentación de impuestos en su país.
Entonces, hemos de retener algún monto?
Muchas gracias

16 Mensajes

En el caso de ser empresa española se le debe retener el 10%, asiendo notoriedad de que debes solicitar la certificación del  CIF para proceder a realizar la retención y tener amparado el origen del suplidor

1.4K Mensajes

Buenos días, en atención a tu inquietud específica, te exhortamos a solicitar una consulta técnica para obtener una repuesta vinculante. En ese sentido, debes depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:

1. Formulario Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004), llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).

Importante: el consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

hace 7 años

De tener un RNC y residencia fiscal en República Dominica hubiesen emitido la factura de forma local, sustentado en un comprobante fiscal, es por ello que debe hacer la retención del 27% de pagos al exterior.