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RETENCION DIRECCION TECNICA ISR
Buenas tardes la retención del ISR a una persona física, acogida a la norma 07-07, se le hace al monto antes de impuesto osea a la base o solamente a la dirección técnica?
Gracias.
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Buenas tardes la retención del ISR a una persona física, acogida a la norma 07-07, se le hace al monto antes de impuesto osea a la base o solamente a la dirección técnica?
Gracias.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 27 días
Buenos días, Gregoria. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, según establece la Norma 07-07 en el Artículo 4.- Cuando un contratista o subcontratista, sean estas Personas físicas o Jurídicas, realicen trabajos de construcción y dichos trabajos incluyan materiales, equipos o piezas de la construcción, la facturación del 18% del ITBIS se aplicará sobre el 10% del monto total de los trabajos facturados. El ITBIS facturado de esta manera, estará sujeto a la retención del 100% si quién factura es una Persona Física y de 30% si quién factura es una Persona Jurídica
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