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RETENCION DEL ITBIS
Saludo, una empresa jurídica que se encarga del alquiler de vestidos y artículos para eventos, se le debe retener el 30% del ITBIS?
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Saludo, una empresa jurídica que se encarga del alquiler de vestidos y artículos para eventos, se le debe retener el 30% del ITBIS?
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 2 meses
Buenas tardes, Lissa. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, en la prestación del servicio de alquiler o arrendamiento de bienes muebles debe aplicar la siguiente retención, según corresponda:
Bienes Muebles:
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
3.5K Mensajes
hace 2 meses
Buenas tardes, Lissa. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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