jueves, 11 de febrero de 2021

Cerrado

RETENCION DEL 5%

saludos,

una pregunta el 5% del estado, es decir de la retención del 5% se envía dentro de los 120 días después del cierre fiscal en el formato 623? o se debe reportar mensual en el IT-1?

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Solución oficial

Buenas tardes, Joselina. Gracias por escribirnos.

 

Las retenciones debe reportarlas tanto en el Formato 606 (mensual) como en el Formato 623 (anual, a más tardar 120 días después de la fecha de cierre de la sociedad, en caso de Personas Jurídicas y 90 días en caso de Personas Físicas).

 

El Formato 623 debe ser enviado antes de la Declaración Jurada de Impuesto Sobre la Renta (IR-2/IR-1), según corresponda.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle, Joselina.

141 Mensajes

Una Inquietud:

Lo que significa es que el 623 lo envia la Entidad del Estado, no la empresa a quien le retuvieron el 5% del ISR?

2.6K Mensajes

hace 5 años

El 623 se envía anual. Antes de presentar la declaración jurada de ISR, si mal no recuerdo.

(Editado)