miércoles, 29 de noviembre de 2023 21:12

Cerrado

Retencion del 30% del ITBIS A UNA FUNDACION

Buenas tardes, en el caso de que una empresa publica (JARDIN BOTANICO NACIONAL - 401048825) le pague servicios de imprecion de revista pegada, a una empresa juridica sin fines de lucros (FUNDACION IMPRENTA AMIGOS DEL HOGAR -401-01557-9)

¿se le debe retener el 30% del ITBIS?

Solución oficial

Buenos días, Richard. Gracias por contactarnos.

 

Sí, debe retener un 30% del ITBIS facturado. La retención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) entre entidades Jurídicas solo aplica cuando se trate de la prestación de los servicios indicados en el siguiente enlace: http://ms.spr.ly/61216iMaeG

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.

Pero me confundi, es el 30% o el 100% porque en el enlace dice el 100%

  1. Publicidad u otros servicios gravados por el ITBIS prestados por entidades no lucrativas en un 100% del ITBIS facturado.

Buenas tardes, Frederick. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que en la consulta inicial nos dice que el servicio brindado es de impresión y la respuesta fue basada a la consulta.

 

En caso de que el servicio brindado cambie, le exhortamos a consultar la retención del (ITBIS) que aplique entre entidades Jurídicas, ingresando en el siguiente enlace: http://ms.spr.ly/61216iMaeG

  

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.