martes, 19 de mayo de 2026

RETENCION DEL 30% DEL ITBIS A EMPRESAS

quisiera saber a que tipo de empresas o servicios debo retener el 30% de itbis , si para supermercados ferreterias o la compra de bienes este aplica , y tambien saber si las empresas que emiten facturacion electronica estan exentas del 5% , trabajo en un ayuntamiento y tengo esas dudas 

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Solución oficial

Buenas tardes, Braynadis. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que no deberán efectuar la retención del 5% ordenada a las instituciones estatales cuando paguen por bienes o servicios a proveedores que les facturen con comprobante electrónico.

 

En cuanto a la retención de ITBIS del 30%, aplica solo en los pagos de servicios profesionales prestados de una persona jurídica a otra, si ninguna de las 2 se encuentra acogida al RST. Para más información al respecto, le invitamos a consultar la pregunta de esta comunidad que contiene la información detallada, haciendo clic en el siguiente enlace: CA347 ¿Cuándo aplica retención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) entre Personas Jurídicas?

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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