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jueves, 16 de octubre de 2025

Cerrado

RETENCION DE ITBIS Y ISR POR PAGO DE LA COSTAS PAGO A LOS ABOGADOS.

Las costas generada en un juicio es decir el pago de los abogados por conceptos de sentencia,  las entidades del estado deben retener el 30% ITBIS  y 10% ISR cuando se le gane la sentencia.

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Oficial

Buenas tardes, Yamelis. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que las retenciones que aplican en este caso serían, más bien, del 100% del ITBIS facturado, y el 10% del servicio facturado, correspondiente al Impuesto Sobre la Renta, en caso de que el servicio haya sido prestado por una persona física. 

 

No obstante, en caso de que el servicio haya sido prestado por una persona jurídica, las retenciones serían del 30% del ITBIS facturado, y del 5% del servicio facturado, correspondiente al Impuesto Sobre la Renta.

 

Base legal: Ley 11-92, Art. 309, literal e, modificado por la Ley 253-12, Art.10; Reglamento 139-98, Art. 68 bis; Norma General 02-05, Arts. 1, 3 y 5.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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