miércoles, 11 de marzo de 2026

Retencion de itbis incorrecto

En todo el año 2025, realicé retenciones de ITBIS a una compañia juridica, la cual no correspondia realizar, pague a la DGII todas esas retenciones.

ahora el suplidor me dice que tengo que pagarle dichas retenciones.

Que debo hacer? porque ya tambien lo pagué a la DGII

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Oficial

Buenas tardes, Euclides. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que debe rectificar el formato 606 y la declaración de ITBIS en que haya reportado la retención, a fin de excluir las retenciones que no correspondían. Si ya habían sido pagadas, al rectificar se le generará un crédito que podrá utilizar para saldar otros impuestos. 

 

Para conocer cómo podrá llevar a cabo la rectificativa, le invitamos a acceder a la pregunta de esta comunidad que contiene el proceso detallado, haciendo clic en el siguiente enlace: CA2192 ¿Qué debo hacer para rectificar una declaración jurada de manera voluntaria?

 

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Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Toda rectificativa debe ser solicitada con el formulario de rectificativas?

ohh, si la rectificativa es via la oficina virtual, tambien debo llevar el formulario de rectificativa?  

Buenas tardes, Euclides. Gracias por contactarnos.

 

Si la rectificativa se efectúa a través de la Oficina Virtual, no se requiere presentar el Formulario de Solicitud de Rectificativas.

 

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hace 3 días

Si en el 606 debo registrar las facturas con la fecha de emision de las mismas y estas facturas tienen retenciones, las cuales tambien se debe registrar en el 606 y pagarla a mas tardar el 20 del siguiente mes.  la factura es a credito de 3 meses, pero el suplidor me dice que hasta que no la pague no puedo realizar la retencion.

entonces como la envio en el 606 sin la retencion ?

Buenas tardes, Euclides. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que ya existe una pregunta en esta comunidad que contiene la respuesta que requiere. Le invitamos a acceder a ella haciendo clic en el siguiente enlace: CA3506 ¿Cómo debo reportar las facturas a crédito en los formatos 606 y 607?

 

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