Perfil de LUIS NUNEZ

jueves, 7 de septiembre de 2023 21:41

Cerrado

Retencion de ITBIS en acuerdo de pago

Si existe una deuda de ITBIS, la cual se incluye ITBIS retenido a persona fisica. En un acuerdo de pago,  estas retenciones, entran en el acuerdo?

Solución oficial

Buenos días, Luis. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, el acuerdo se otorgará para cualquiera de los impuestos, exceptuando: 


- Anticipos.
- Impuesto a la Transferencia de Bienes y Servicios (ITBIS) retenidos.
- Tarjeta de Turista (TT1).
- Retenciones de ITBIS por Compañías de Adquirencias (IT3).
- Impuesto de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos de la República Dominicana.
- Transferencia inmobiliaria
- Traspaso de vehículo de motor

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.

21 Mensajes

hace 3 meses

Si la compañia tiene ITBIS en Ventas por pagar y Retenciones de ITBIS por pagar, en la autorizacion salen juntas.  Como segregar el monto de las Retenciones en la autorizacion de pago?

Buenos días, Luis. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, si realiza un acuerdo de pago por la deuda total incluyendo ambos montos, la autorización de pago presentara un monto unificado de ambas deudas, para conocer la segregación de la misma es necesario que se comunique con su oficial de control en la Administración Local que le corresponde a fin de que el mismo pueda subsanar sus dudas al respecto.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.