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viernes, 26 de julio de 2024 21:52

Cerrado

Retencion de ITBIS Agencia de publicidad

Buenas tardes, me pueden indicar por favor si esta correcto que una empresa juridica me retenga el 100% del ITBIS por brindarles el servicio de manejo de redes sociales, mi empresa es una agencia de publicidad, es decir persona juridica.

Solución oficial

Buenos días, Elizabeth. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, el servicio de publicidad no es considerado como un servicio profesional liberal, por lo que no se encuentra sujeto a retención cuando este es prestado entre Personas Jurídicas.

 

En ese mismo orden, en la base de datos puede tener mas de una sucursal registrada.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

2.6K Mensajes

hace 1 mes

No he leído ninguna norma que haga ese tipo de especificación. A menos que estés acogido a algún régimen especial de tributación o que seas una ong que otorgue servicios de publicidad.

(Editado)