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RETENCION DE ISRS POR HONORARIOS A EMPRESAS GUBERNAMENTALES
Buenas tardes
que porcentaje de retención de ISR e ITBIS debe aplicarse a una persona física que presta servicios de honorarios a una empresa gubernamental?
por otra parte me pueden decir en que fecha estará visible el IR13 2021 en la OV?
GRACIAS
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.5K Mensajes
hace 3 años
Buenas tardes Martha. Gracias por contactarnos.
El Estado y sus dependencias, como entidades jurídicas deben retener el 100% del ITBIS facturado cuando las Personas Físicas le vendan bienes o presten servicios gravados con este impuesto, además, del 5% correspondiente al ISR.
En otro orden, le informamos que, la Declaración Jurada Anual de Agentes de Retención de Asalariados (IR-13) se encuentra disponible en la Oficina Virtual a principios de marzo de cada año. La fecha exacta es informada por los medios de comunicación correspondientes.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle.
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