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sábado, 5 de octubre de 2019 16:24

Cerrado

Retencion de ISR Empresa de transporte

Saludos,

Si una empresa de transporte constiuida como persona juridica con su RNC emite factura con credito fiscal, aplica para retencion de ISR?

Solución oficial

2.3K Mensajes

hace 6 años

Buenos días,
 
Verificamos que tu inquietud fue respondida por el Sr. Rafael Amparo.

Las Personas Jurídicas y los Negocios de Único Dueño deben retener el 2% de ISR a las Personas Físicas por la prestación de servicio de transporte. En la prestación de servicios entre Personas Jurídicas no se aplica retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

910 Mensajes

hace 6 años

El servicio de transporte terrestre de personas y de carga se encuentra exento del ITBIS, no obstante, cuando el servicio de transporte es brindado como una prestacion acesoria, se facture o no por separado forma parte de la base imponibles para el cálculo del ITBIS.

Las Rentas obtenidas por la prestación de este servicio (transporte ) se encuentra sujetas a la Retencion del 2% del ISR, si es prestado por una Persona Fisica a una Entidad Jurídica.

Base Legal: Reglamento 293-11 (Artículos 9 y 10 y Art ñ. 14, literal e) y el Reglamento 139-98) ( Art. 70)

910 Mensajes

hace 6 años

Es decir: que entre Personas Jurídicas no aplica Retención del ITBIS, SIEMPRE Y CUANDO ESTÁ SEA SU ACTIVIDAD PRINCIPAL.