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RETENCION DE EMPRESA A PERSONA FISICA
SOY PERSONA FISICA Y LE BRINDE UN SERVICIO PROFESIONAL A UNA EMPRESA. ESTA ME RETUVO EL 100% DEL ITBIS Y EL 10% DE ISR.
DONDE DEBO DE REPORTAR ESAS RETENCIONES?
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SOY PERSONA FISICA Y LE BRINDE UN SERVICIO PROFESIONAL A UNA EMPRESA. ESTA ME RETUVO EL 100% DEL ITBIS Y EL 10% DE ISR.
DONDE DEBO DE REPORTAR ESAS RETENCIONES?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes, Wilkins. Gracias por contactarnos.
Le informamos que las personas físicas poseen obligaciones tributarias que le son asignadas en función de la(s) actividad(es) económica(s) que estos seleccionan o son agregadas de forma administrativa, usando como referencia la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU).
Las personas físicas, deben registrar sus operaciones en los formatos de envíos de datos 606 y 607 según corresponda, la declaración del IT-1 mensual y la declaración del IR-1 anualmente.
Las retenciones en el caso que nos indica deben reportarla en su Formato de Ventas de Bienes y Servicios (607): se utiliza para remitir las informaciones sobre los ingresos generados, las ventas y operaciones efectuadas durante el año fiscal.
Le exhortamos a consultar los instructivos del Formato 607 y del ITBIS, ingresando a los siguientes enlaces:
· Instructivo LLENADO IT-1 2020 (http://ms.spr.ly/612119INu9)
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22K Mensajes
hace 2 años
Buenos días, Wilkins. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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