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RETENCION DE ALQUILERES CONSTRUCTORAS
EN EL CASO DE ALQUIER DE APARTAMENTO ENTRE PERSONAS JURIDICAS (CONSTRUCTORAS) APLICA RETENCION?
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EN EL CASO DE ALQUIER DE APARTAMENTO ENTRE PERSONAS JURIDICAS (CONSTRUCTORAS) APLICA RETENCION?
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 1 año
Buenas tardes, Sandra. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, ante la prestación del servicio de alquiler de bienes inmuebles entre Personas Jurídicas ningún tipo de retención.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
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Es un placer servirle.
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