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RETENCION DE 3% A PROVEEDORES INFORMALES
Ya que se estableció un aumento de del 10 a un 15% de retención de ISR a las personas fisícas por honorarios profesionales, según la Ley 30-26, entonces a los proveedores informales se le debe retener un 3%?


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 2 días
Buenas tardes, Carlos. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que la retención de un 3% del valor facturado se aplica a los pagos de servicios técnicos prestados por personas físicas a personas jurídicas, independientemente de que la persona física se encuentre formalizada o no, así como también el 15% en el caso de los servicios considerados profesionales.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
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