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miércoles, 16 de septiembre de 2026

Retencion contribuyentes RST compras

Buenas Tardes, Quiero consultar si la norma 02-2026 tambien aplica para los contribuyentes acogidos al RST, trabajo en una empresa acogida al RST compras. El reglamento 265-19 establece una retencion del 100% de itbis a las ventas realizadas con credito fiscal a los contribuyentes del regimen ordinario.
Que pasa si tengo clientes que me realizan la retencion al momento del pago de la factura y estos nunca reportan que el itbis fue retenido. Asumen la retencion como un "descuento".

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Gabriel. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que la Norma 02-26 solo ordena la no aplicación de las retenciones establecidas por la Norma 02-05 y sus modificaciones. En tal sentido, dado que la retención que debe hacerse a los proveedores acogidos al RST no fue establecida por la Norma 02-05 ni por sus modificaciones, la orden de no aplicación de retención que establece la Norma 02-06 no afecta las retenciones que deben hacerse a los contribuyentes acogidos al RST.


En cuanto a los contribuyentes que efectúen la retención, por estar acogido al RST, y no la reporten, el sistema no les permitirá adelantarse el ITBIS pagado por dicho gasto, ya que el sistema reconocerá que usted se encuentra acogido al RST.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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