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jueves, 19 de septiembre de 2024 14:57

Cerrado

RETENCION CON DIRECION TECNICA

Buenos días

tengo esta factura de una empresa jurídica-obras civiles

el itebis 18% se lo están sacando a los 34100+3410 de la dirección tecn (37,510)

La pregunta es, si el itbis 18% deberían sacárselo solo a los 3,410 y a que monto debería aplicar la retencion?

Solución oficial

Buenas tardes, Felix. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, el ITBIS debe ser calculado solamente a la dirección técnica.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

4 Mensajes

hace 25 días

El ITBIS a facturar se le calcula sólo a la Dirección Técnica, o sea, a los RD$3,410.

RD$3,410 x 18% = RD$613.18

Buenas tardes, Antonio. Gracias por contactarnos.

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.