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Retencion a Institucion sin Fines de Lucro
Buenas tardes,
Trabajo en una institución Publica y a la hora de pagarle a una Institución sin Fines de Lucro le retuve el 5% pero por el servicio no aplicaba, entonces puedo en el próximo pago devolverle dicho monto y como sería el proceso o puedo resolverlo entregándole la carta de retención??
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 23 días
Buenas tardes, Ignacio. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, las Instituciones sin Fines de Lucro (ISFL) gozan de una exención general de todos los tributos, impuestos, tasas y contribuciones especiales de carácter nacional o municipal, vigentes o futuros. Sin embargo, cuando estas realizan actividades comerciales con el fin de generar rentas o cualquier otra forma de beneficio, deben cumplir con los deberes y obligaciones tributarias establecidas en la legislación fiscal dominicana.
Es decir, que el Estado y sus dependencias debe efectuar la retención del 5% por concepto de Impuesto Sobre la Renta cuando efectúen pagos que se deriven de actividades comerciales con ISF.
En ese mismo orden, en caso de realizar una retención que no correspondía, deberá proceder con el reembolso del monto retenido, ya que este no será tributado al fisco.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
Es un placer servirle.
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